Éric Salas González, presidente de la Mesa Directiva de la LVIII Legislatura, adelanta que habrán de derogar el fuero constitucional de que gozan algunos servidores públicos. Sin embargo, también adelantó: el único que gozará de la inmunidad será el gobernador.
Y el gobernador Francisco Domínguez Servién reviró al legislador, diciendo que al gobernador también se le quite el fuero constitucional. Ni modo, el servilismo no sirvió de nada en esta ocasión.
Hace algunos años varios legisladores han usado la propuesta como parte de campaña política, como en su momento lo hiciera Marcos Aguilar Vega, pero no cumplieron y el fuero constitucional no solo sigue vigente, se amplió a más servidores públicos.
Cualquier lego del derecho sabe en qué consiste el privilegio que la ley otorga solo a ciertos servidores públicos y que, para proceder en su contra cuando cometen algún delito, no se les puede detener, tampoco iniciar juicio en materia penal por supuesto. Se tiene que instruir, primero, un juicio de procedencia ante los diputados para que, estos, después de hacer un análisis minucioso y ponderado, resuelvan si ha lugar o no a declarar la procedencia y quitarle el fuero o protección constitucional a ese servidor público. Es pues protección política.
El fuero constitucional tuvo su razón de ser hace muchos años, consigna la historia, para no dejar sin autoridades formales por detenciones arbitrarias generadas por enemigos políticos, logrando así la protección del ejercicio del cargo público. Y nada que ver con otros fueros de las clases pudientes de la época colonial, incluso más atrás.
Hoy día parece intrascendente la existencia del fuero constitucional, considerándolo como un derecho discriminatorio hacia la población. Hace no muchos años un diputado local logró esa protección, no fue detenido, tampoco fue a la cárcel, cuando en estado de ebriedad manejaba su vehículo causando graves lesiones a un particular; al paso del tiempo falleció el lesionado y el diputado apenas pagó los gastos. Excepción hecha de la entonces presidenta del Tribunal Superior de Justicia, quien amenazó a los legisladores con iniciarles juicio de responsabilidad si le tomaban protesta al diputado recién electo. Hizo bien en ese entonces la Presidenta.
Por ello es importante que los hoy protegidos por el fuero constitucional, como los consejeros electorales –entre otros– en tanto ocupen el cargo burocrático, sean igual que cualquier ciudadano y se sujeten a las normas cuando las violen, sin tener que pasar por un juicio de procedencia y sean los diputados y no la Fiscalía y autoridad judicial quienes accionen la palanca de la impartición de justicia. O que no sean detenidos por eso del “torito”; seguramente s le vino a la mente otro legislador afecto a las bebidas espirituosas.
También es digno considerar la opinión vertida por el mismo gobernador, quien informara que ese funcionario –el gobernador- no debe gozar de fuero constitucional. La forma y fondo para derogar la figura política del fuero constitucional es muy sencillo, que se pongan de acuerdo y considerando que se trata de una reforma constitucional, los panistas necesitan –tienen 13 votos– del apoyo de otros legisladores para alcanzar la votación calificada. Así de simple es el asunto. El trasfondo es político, eso es todo.
+ Para que
estés al tanto, te mandamos lo mejor de El Canto de los Grillos a tu celular:
¡únete a nuestro canal en Telegram: telegram.me/elcantodelosgrillosmx!