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El Canto de los Grillos MX
Inicio » En el ámbito del sistema anticorrupción 3de3, procede el veto presidencial

En el ámbito del sistema anticorrupción 3de3, procede el veto presidencial

4 julio, 2016No hay comentarios3 Minutos de lectura
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A mediados del mes pasado, la Legislatura federal –ambas cámaras– aprobó reformas a la Ley de Responsabilidades Administrativas y crearon la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, derivado fundamentalmente de una iniciativa ciudadana que acumuló más de 600 mil firmas para ello. Sin embargo los legisladores se excedieron e involucraron a particulares en la rendición de cuentas.

De tal suerte el titular del Poder Ejecutivo Federal, se vio en la necesidad de promover un pliego de observaciones, denominadas en el conocimiento de la gente como “veto presidencial”. Esto motivó que sesionara la Comisión Permanente y acordara el desahogo de un periodo extraordinario de sesiones para ambas Cámaras; la de Senadores para el 5 de julio y de Diputados para el siguiente día, así que seguramente los legisladores aprobarán las observaciones hechas por el Poder Ejecutivo.

Las observaciones en algunos artículos señalan que todo particular, sea un individuo o una empresa, que reciba o ejerza recursos públicos o contrate con cualquier instancia del Gobierno debe presentar sus declaraciones patrimoniales. Lo que representaría dar a conocer a la autoridad todo su patrimonio. Además señala que todas las personas que trabajan en una empresa que contrate con el gobierno, es decir, la totalidad de los trabajadores de una empresa, sin importar su función dentro de la misma, tendrían que presentar estas declaraciones. Así lo había aprobado, por eso el “veto presidencial”

La medida era excesiva e inconstitucional y haría inoperante el sistema nacional anticorrupción ya que sería imposible procesar millones y millones de declaraciones; también inhibiría a los particulares de prestar servicios o vender productos a gobiernos. Afectaría a personas que no están vinculadas con contrataciones como beneficiarios del Programa Prospera o los becarios del CONACYT, entre otros ¿Se imagina?

Se puede advertir, además delo comentado que sería un problema real a la operatividad del sistema nacional y que semejantes exigencias resultarían contrarias a los derechos humanos previstos por la Constitución, al afectar de manera excesiva la vida privada y la protección de los datos personales de los mexicanos e incluso extranjeros que no viven en el país.

Por supuesto que el sector empresarial, que se opuso rotundamente a imponerles semejantes obligaciones quedó satisfecho con las observaciones promovidas por el Presidente de la República, lo que en sí fortalecerá la credibilidad –al menos legislativa- del nuevo sistema nacional anticorrupción que se pretende implementar por primera vez en México.

Las observaciones al decreto no disminuirá la capacidad de las autoridades para investigar y sancionar aquellos particulares que actúen de forma irregular ante el Estado. El Sistema Nacional Anticorrupción prevé herramientas novedosas y útiles para dicho propósito, como por ejemplo la manifestación caso por caso y contratación por contratación de no estar el particular frente a un conflicto de interés y las penas en que incurrirían por actos de corrupción que van desde sanciones económicas hasta la disolución de las empresas, y en su caso, penas de prisión.

Así las cosas, seguramente en esta semana que inicia se aprobarán las observaciones, se ordenará la promulgación y publicación de la nueva legislación del Sistema Nacional Anticorrupción. Veremos si los servidores públicos son capaces de cambiar conductas abusivas en contubernio con más de algún empresario o particular que también resultan beneficiarios del erario público indebidamente.

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