El pasado martes el Presidente de la República, presentó ante el Senado de la República, la iniciativa de ley que reformará el artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Código Civil Federal en la materia. Los comentarios no se hicieron esperar en pro y en contra, de la “clase política” y el clero católico.
Partamos de la base que los legisladores son emanados de un proceso electoral sujeto al Estado de Derecho que se impone en la República Mexicana. Son pues, teóricamente producto de la democracia electoral. Bajo este contexto analicemos las distintas opiniones.
Mauricio Ortiz, coordinador de la bancada del PRI fue uno de los primeros en opinar que, su bancada esperaría a que en el Congreso de la Unión –ya fue diputado federal- resuelvan primero y después ya verán.
Antonio Rangel –Toñito-, coordinador de la bancada del PAN, asestó la primera negativa, al manifestar que en su grupo no estaba en la agenda legislativa el tema de los matrimonios igualitarios. Luego entonces, adelanta, ellos no tocarán el tema, lo que implicaría –por tener mayoría en la Legislatura Local- que estarían votando en contra de la iniciativa presidencial una vez que la Cámara de origen en el Congreso la envíe para su aprobación o rechazo.
A su vez el gobernador del estado Francisco Domínguez, se adelanta políticamente a la jugada y asegura que, si los diputados no hacen la reforma, él enviará su propuesta a la LVIII Legislatura. Resultó mucho más sensible, en seguida les explico.
La iglesia católica en Querétaro, por medio del Obispo, de manera tajante promueve el no entre su feligresía y propiamente exhorta a los legisladores para que no aprueben ni legislen favorablemente en lo referente a los matrimonios. Y la comunidad Lésbico, Gay, Bisexual, Transexual, Travesti, Transgénero e Intersexual –LGBTTTI- pide a los legisladores que agenden los temas propuestos por el Presidente de la República.
Fijadas las posturas de credos políticos y religiosos, los legisladores deben, primero, reconocer que ellos son producto del Estado de Derecho y se rigen por el derecho positivo mexicano. Así las cosas, deben saber que la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por medio de la Primera Sala, emitió tesis jurisprudencial el pasado 19 de junio de 2017, que declara inconstitucional cualquier legislación que contravenga el artículo 1° de la Constitución Federal, en materia de discriminación, en tratándose de prohibir los matrimonios igualitarios. Y nuestro Código Civil del Estado tiene esa prohibición, por lo tanto es inconstitucional en la materia.
Que la CNDH, emitió el 6 de noviembre de 2016, la Recomendación General número 23, sobre matrimonios igualitarios dirigida a todas las legislaturas de los estados, así como a los titulares del Poder Ejecutivo, para que armonicen su legislación en este rubro. Dice en su Resolutivo que: “Se adecuen los correspondientes ordenamientos en materia civil y/o familiar con el fin de permitir el acceso al matrimonio a todas las personas y en condiciones tales que se impida cualquier tipo de discriminación, en términos del quinto párrafo del artículo primero de la Constitución General de la República”.
Conclusión. Los diputados locales, sujetos al deber del derecho positivo, tienen la obligación de legislar positivamente en esta materia y nada de esperar a ver qué resuelve el Congreso de la Unión, como lo dijo el coordinador del PRI; tampoco se acepta el criterio equivocado de que, el asunto no está en la agenda del PAN. El gobernador les puso la muestra, ante la omisión de legislar: él hará la iniciativa. Y en materia de derecho positivo, no caben los criterios religiosos. Los diputados deben respetar las normas constitucionales y los tratados internacionales de los que México forma parte, en materia de discriminación y derechos humanos. O, ¿acaso los legisladores locales suelen respetar el derecho positivo mexicano unas veces sí y otras no?
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