#Legislatura
Con el propósito de que la comercialización de especies sea algo mejor regulado, en apego a lo que dictan diversos ordenamientos en la materia, y considerando que existen áreas de oportunidad en las que se puede incidir, la diputada Perla Patricia Flores Suárez, coordinadora del Grupo Legislativo del PVEM, presentó en la Oficialía de Partes de la LXI Legislatura, la “Iniciativa de Ley por la que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Ambiental del Estado de Querétaro, en materia de comercialización de animales”.
La diputada Flores Suárez plantea que existe legislación similar vigente en otras entidades como la Cdmx, donde desde 2017 se prohibió la venta de animales en bazares, mercados públicos y mercados sobre ruedas, contribuyendo así al bienestar de diversas especies animales. Aunado a que, como se recordará, en diciembre pasado se aprobó una reforma a la Constitución Federal en la que se amplían las facultades del Congreso de la Unión para expedir leyes sobre protección y bienestar de los animales y se estable que el cuidado animal es una responsabilidad coordinada entre los gobiernos federal, estatal y municipal, y se estipula que se legislará para un trato justo y digno, al reconocer la importancia de los animales en la vida de las personas y el entorno.
En ese sentido, la legisladora plantea la reforma el artículo 311 del Código Ambiental, para establecer la prohibición de ofrecer o distribuir animales vivos de cualquier especie con fines de propaganda “política o comercial” (…). De igual forma propone establecer que “está estrictamente prohibida” la venta o donación de animales vivos de cualquier especie a personas menores de 18 años y que “las crías de animales de compañía de vida silvestre no están sujetas al comercio abierto”.
Por otra parte, la diputada Flores Suárez propone que además de los requisitos que ya considera el Código Ambiental, en el artículo 315, para que los establecimientos dedicados a la comercialización legal de especies de fauna en el estado obtengan la autorización respectiva, se establezca que estos deberán “disponer de comida suficiente y adecuada, agua, lugares para dormir y personal capacitado para el cuidado de los animales”.
Asimismo, en el artículo 316, plantea la propuesta de que quede prohibido que en los locales de exhibición o expendio de animales, se ofrezcan estos en venta si están enfermos, lesionados “o mutilados”, sea cual fuere la naturaleza o gravedad de la enfermedad, lesión “o mutilación y también la prohibición de comercializar animales que tengan menos de 4 meses de nacidos”.
La legisladora Perla Flores también está planteando en su propuesta, la prohibición de vender cualquier tipo de animal, ya sea silvestre o doméstico, tanto en la vía pública, como “en vehículos o en áreas comunes”.
Además propone establecer que al momento de la venta, el vendedor debe entregar al comprador: Un certificado de vacunación y uno de salud en el que conste y de fe que el animal se encuentra libre de enfermedades, así como un documento que acredite la venta y en el que conste el sexo, edad y antecedentes de procedencia del animal, también nombre y domicilio de la persona responsable, además de un Manual de Cuidado, albergue y dieta del animal adquirido, el cual, deberá estar certificado por Médico Veterinario Zootecnista.
La legisladora también propone establecer que “la comercialización podrá realizarse por medio de catálogos, siempre y cuando se cumpla con la normatividad federal y local en materia de protección, cuidado y trato digno y respetuoso a los animales”.
De igual forma contempla la adición de un Artículo 322 Bis, que establezca que “toda persona física o moral que se dedique a la cría, venta deberá disponer de todos los medios necesarios, a fin de que los animales reciban un trato digno y respetuoso y mantengan niveles adecuados de bienestar de acuerdo con los adelantos científicos en uso”.
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