Los Derechos Humanos de niñas, niños y adolescentes están previstos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los tratados internacionales y en las demás leyes aplicables, esencialmente en la Convención sobre los Derechos del Niño y en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (publicada el 4 de diciembre de 2014), la cual reconoce a niñas, niños y adolescentes como titulares de derechos y, en su artículo 13, de manera enunciativa y no limitativa señala los siguientes:
Derecho a la vida, a la supervivencia y al desarrollo
Derecho de prioridad quiere decir que todo niño y/o adolecente se le debe dar prioridad a sus que se respeten sus derechos y en segundo término el de los adultos.
Derecho a la identidad contar con nombre y apellido y estar inscrito en el registro civil.
Derecho a vivir en familia
Derecho a la igualdad sustantiva a tener un trato igual en sus derechos de acuerdo a sus necesidades
Derecho a no ser discriminado
Derecho a vivir en condiciones de bienestar y a un sano desarrollo integral
Derecho a una vida libre de violencia y a la integridad personal
Derecho a la protección de la salud y a la seguridad social
Derecho a la inclusión de niñas, niños y adolescentes con discapacidad
Derecho a la educación
Derecho al descanso y al esparcimiento a diversión
Derecho a la libertad de convicciones éticas, pensamiento, conciencia, religión y cultura
Derecho a la libertad de expresión y de acceso a la información se refiere a que todo niño tiene derecho a manifestar su pensamiento y poder estar informado de lo que esta pasando.
Derecho de participación niños tienen derecho a ser escuchados y tomados en cuenta en los asuntos de su interés, conforme a su edad, desarrollo evolutivo, cognoscitivo y madurez También deberán ser escuchados y tomados en cuenta en todos los procesos judiciales y de procuración de justicia donde se diriman controversias que les afectan.
Derecho de asociación y reunión
Derecho a la intimidad queda prohibido usar los datos personales de los niños siempre deberán mantenerse en privado al igual que el de su familia
Derecho a la seguridad jurídica y al debido proceso
Derechos de niñas, niños y adolescentes migrantes se debe garantizar el debido trato y proceso
Derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicación, así como a los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, incluido el de banda ancha e Internet
Cuando se percate de que un niño le están violentado sus derechos puede denunciarlo en las diferentes dependencias como son: DIF (DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA), FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA, COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS, ETC…
La violencia familiar es un acto de poder u omisión intencional, dirigido a dominar, someter, controlar o agredir física, verbal, psicoemocional o sexualmente a cualquier integrante de la familia, dentro o fuera del domicilio familiar, por quien tenga o haya tenido algún parentesco por afinidad, civil, matrimonio, concubinato o a partir de una relación de hecho y que tenga por efecto causar un daño.
En el caso de las mujeres son golpeadas
violadas
insultadas
amenazadas
ignoradas o menospreciadas por su compañero
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y otros tratados internacionales suscritos por México, reconocen que todo integrante de la familia tiene derecho a:
Que se respete su integridad física
Que se respete su integridad moral sus creencias y costumbres, así como sus propiedades, su intimidad y su tiempo de trabajo, de diversión y de esparcimiento
Que se le escuche y se le trate con el mismo respeto que a cualquier otro integrante de la familia, atendiendo a las necesidades especiales que implique su condición (de mujer, niña, niño, adolescente, joven, persona adulta mayor o persona con alguna discapacidad)
Decidir libremente sobre su sexualidad; realizar actividades educativas que contribuyan a su desarrollo personal; dedicarse al trabajo lícito que prefieran; manifestar sus ideas, opiniones y gustos en público o en privado, en forma oral o escrita, sin que se les humille, ridiculice o calle violentamente; dirigirse a las autoridades cuando se considere necesaria su intervención en algún asunto; tener ideas políticas propias y afiliarse al partido de su preferencia; elegir libremente a sus amistades y convivir con ellas y con sus familiares
Como ya se mencionó en líneas anteriores, se puede acudir con las dependencias de gobierno para solicitar ayuda quienes las proporcionaran de manera gratuita.
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Danos tus comentarios
Muy buen artículo Lic. Enrique. Saludos deade Granada
Martes 06 de agosto, 2019