¡Día histórico!: SCJN declara inconstitucional criminalizar el #aborto

#Justicia

En un día histórico, este 7 de septiembre, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró, por unanimidad, inconstitucional criminalizar a mujeres y personas con capacidad de gestar que deciden abortar en el estado de Coahuila.

Con 10 votos a favor, la SCJN resolvió que sancionar a mujeres que deciden interrumpir su embarazo de manera voluntaria va contra la Constitución y sus derechos humanos.

Esta acción de inconstitucionalidad que resolvió la SCJN fue presentada por la entonces PGR en 2017 contra los artículos 195 y 196 del Código Penal de Coahuila por criminalizar el aborto.

Con esto, la SCJN sienta jurisprudencia obligatoria a todos los jueces del país y deberá bastar un amparo para que cualquier persona con capacidad de gestar en México no sea criminalizada por interrumpir su embarazo si esa es su decisión.

El Pleno de la SCJN invalidó el Artículo 196 del Código Penal del estado de Coahuila que imponía hasta tres años de prisión a la mujer que se practicara un aborto, o a la persona que la ayudara con su consentimiento.

También se invalidó el Artículo 195, sobre que comete aborto quien causa la muerte al producto de la concepción, en cualquier momento del embarazo, con 7 votos a favor.

El ministro presidente, Arturo Zaldívar, afirmó que con la decisión se establece un “criterio obligatorio para todo los jueces y juezas del país”.

“A partir de ahora no se podrá, sin violar el criterio de la Corte y la Constitución, procesar a mujer alguna que aborte en los supuestos que ha considerado válido este tribunal constitucional. A partir de ahora se inicia una nueva ruta de libertad, claridad y de respeto a todas las personas gestantes [...] es un paso más en la lucha histórica por su igualdad, su dignidad y el pleno ejercicio de sus derechos”, manifestó Arturo Zaldívar.

Durante el segundo día de discusión, el 7 de septiembre, el ministro José Fernando Franco y la ministra Margarita Ríos-Farjat se pronunciaron a favor de la no criminalización del aborto, como lo hicieron 8 ministros durante el primer día de discusión.

Con la decisión de la SCJN, todos los jueces están obligados a aplicar este criterio; es decir, cuando una persona es procesada por el delito de aborto, se puede hacer válida esta decisión para que sea liberada.

Aunque fue sobre un caso en Coahuila, la resolución tiene carácter general y cualquier mujer o persona con capacidad de gestar que sea detenida en cualquier estado del país, puede hacer válido este criterio.

En términos estrictos, esto no significa que el aborto sea legal en México pero sí significa que existe un criterio de la SCJN que dice que no hay que criminalizar el aborto y que los jueces están obligados a atender.

Entonces, un Ministerio Público o Fiscalía podrá iniciar una investigación por el delito de aborto, pero serán las autoridades jurisdiccionales quienes estén obligadas a no criminalizar a la persona por la decisión que la SCJN tomó el 7 de septiembre.






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