Ayer miércoles, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió, en definitiva, que el Artículo Transitorio Décimo Séptimo, de las reformas a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, resulta inaplicable por inconstitucional.
Claro que no compete al TEPJF resolver sobre la inconstitucionalidad de la norma, por lo tanto, su invalidez. Pero sí resolvió sobre la inaplicabilidad de la norma transitoria que vulnera la Constitución.
Los legisladores, además de violar la Constitución, se entrometieron en las funciones que competen al Consejo General del órgano constitucionalmente autónomo, único facultado para nombrar al secretario ejecutivo del Consejo General del INE, acorde con el artículo 41 constitucional.
Por la vía del juicio de amparo, Jacobo también acudió a la protección de la justicia federal, que le había otorgado la suspensión provisional, de tal suerte que Edmundo Jacobo ya había sido reinstalado en el cargo que dejó acéfalo por unas cuantas horas. En estos casos habrá que esperar la sentencia definitiva, la que debe ser acorde con lo resuelto por la Sala Superior. De lo contrario habría una confrontación de criterios judiciales en cuanto a la interpretación.
Todo indica que la autoridad judicial otorgará la protección y amparo de la justicia federal al quejoso, frase que les molesta, les incomodó a los izquierdistas que hoy ostentan el poder público, entre ellos al mismo Andrés López Obrador.
Algunos cientos de demandas en contra del “Plan B” han sido desechadas por la misma Sala Superior, dado que no impugnaron los preceptos que consideran violatorios de la Constitución o alguna otra norma; los promoventes simplemente pidieron que estudiaran en conjunto el “mamotreto” de reformas, por eso el desechamiento de plano de poco menos de 700 demandas.
Los juicios de mayor peso siguen su trámite, en espera de algunos más que puedan ser presentados promoviendo la inconstitucionalidad, o bien, las controversias. El ministro ponente que recibió el primer juicio de inconstitucionalidad concedió la suspensión provisional, lo que generó la suspensión de la entrada en vigor de algunas normas en los estados de México y Coahuila, por encontrarse en proceso electoral, violentando la prohibición impuesta por el artículo 105 fracción II, inciso i) constitucional.
Acto jurídico que incomodó al presidente López, quien se defiende por medio de epítetos y descalificaciones mediáticas en sus mañaneras, no por la vía jurídica, con argumentos y fundamentos legales. Hablamos también en el caso particular de las normas que limitan el gasto público en publicidad a municipios, estados y demás organismos públicos, normas que violan la soberanía de los estados y la libertad de los municipios para manejar libremente su hacienda.
El insulso presidente de la República dijo apenas hace unos días que “así le gustaba perder”, en el caso resuelto en favor Edmundo Jacobo, no sin antes haber criticado lo resuelto por el juez al conceder la suspensión provisional que ordenó el regreso a sus actividades al secretario ejecutivo del Consejo General. Las barbajanadas de AMLO fueron la acostumbrada respuesta, descalificando a todos los empleados del INE.
Mientras tanto, Lorenzo Córdova Vianello, presidente del Consejo General del INE, realiza una campaña de difusión en los EU, sobre los abusos cometidos por los legisladores de la 4T. Por cierto, en aquel país el subsecretario de Estado para Asuntos del Hemisferio Occidental, Brian Nichols, reconoció el prestigio mundial del INE por su excelencia en la promoción de la democracia y la organización de elecciones libres y justas, habiendo difundido su opinión en las redes sociales. Más irritación para AMLO y sus cuatreros.
Este jueves por la mañana, el presidente de la Sala Superior del TEPJF se reunirá con diputados federales de la Junta de Coordinación Política para que les explique a los rijosos la sentencia, que no quieren cumplir y que les obliga a promover a una mujer, como presidenta del Consejo General. Vaya zopencos.
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Mar 23
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